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Jue, May 7, 2026

Como adelantó PUNTO SUR, el Gobierno confirmó sobre el medio día que restringirá la circulación nocturna de modo “uniforme” en todo el  país, entre las 23:00 y las 6:00, y que la medida sobre el toque de queda sanitario se publicará en el Boletín Oficial y regirá desde mañana.

El Presidente y los ministros que lo acompañaron propusieron otras medidas, como “acotar” viajes al exterior y exigir el test PCR a quienes llegan vía aérea a alguna provincia. También limitar a diez el número de personas en reuniones y restringir nuevamente el uso de transporte público a trabajadores esenciales.

Todo esto, el Gobierno intentará llevarlo adelante “sin parar la economía, frustrar vacaciones ni la actividad en lugares turísticos”, afirmaron desde la Casa Rosada.

¿Cuáles serán las sanciones para quienes no respeten las restricciones y circulen de noche? El Artículo 205 del Código Penal, prevé que “será reprimido con prisión de seis meses a dos años, el que violare las medidas adoptadas por las autoridades competentes, para impedir la introducción o propagación de una epidemia”.

En tanto, el Artículo 239 del Código Penal establece: “Será reprimido con prisión de quince días a un año, el que resistiere o desobedeciere a un funcionario público en el ejercicio legítimo de sus funciones o a la persona que le prestare asistencia a requerimiento de aquél o en virtud de una obligación legal”.

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Año XIX, edición Nª 6885

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