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Jue, May 14, 2026

En un proyecto de Declaración, el senador “manifiesta su preocupación” por una resolución del Ministerio de Agricultura provincial, pero desde esa cartera explican que la fumigación con “productos fitosanitarios” debe hacerse “en una zona adyacente” a la urbana.

El senador provincial Darío Díaz Pérez presentó ayer un Proyecto de Declaración en el que, dijo, “manifiesta su preocupación por la resolución 246/18 dictada por el Ministerio de Agroindustria provincial por la que se autoriza la fumigación con agrotóxicos en zonas que incluyen escuelas rurales sin fijar distancias mínimas”.

Según el exintendente de Lanús, en esta resolución, que entró en vigencia el 1° de enero, “se habilita la fumigación sobre las escuelas fuera del horario de clase” y “también sobre viviendas y cursos de ríos”.

Con respecto a la Resolución citada, efectivamente dictada por el Ministerio de Agricultura bonaerense, las fumigaciones con productos “fitosanitarios”, deben hacerse en “zonas de amortiguación” que, según explica esa cartera en un video, es una “zona de 100 metros adyacente a determinadas áreas sensibles”, como la urbana, con sus hogares y escuelas, para asegurarse que la fumigación no las afecte. (https://youtu.be/yLV0Zx0YjNI) .

En ese video, el Ministerio explica que la zona de amortiguamiento, “al momento de aplicar un producto fitosanitario, requiere un tratamiento especial para garantizar la conservación del espacio protegido”.

No obstante, en su proyecto de declaración, Díaz Pérez explica que la resolución 246/18 “autoriza (la fumigación) hasta un minuto antes de la apertura de las escuelas para la entrada de alumnos y personal. También sobre viviendas y cursos de ríos. Estos agrotóxicos denominados por la resolución como fitosanitarios incluyen glifosato y atrazina”.

“También va en contra de fallo de la Corte Suprema de la provincia que declaró ilegal la fumigación a menos de 1000 metros de viviendas y de distintas ordenanzas que fijan distancias entre 500 y 1000 metros”, aseguro Díaz Pérez, Presidente del Bloque de Senadores PJ Unidad y Renovación y Vicepresidente de la Comisión de Salud de esa Honorable Cámara de la Provincia de Buenos Aires.

La decisión del gobierno provincial se fundamenta en las denominadas “Buenas Prácticas Ambientales”, de creación empresarial, “que a través de ensayos erróneos determinan que se puede fumigar hasta las puertas de las viviendas y de las escuelas”, fundamenta el legislador.

Díaz Pérez concluye que “en 2018 los entonces Ministerios Nacionales de Ciencia, Salud, Ambiente y Agroindustria, luego degradados a Secretarías, presentaron los lineamientos para la aplicación de fitosanitarios en base a las ‘Buenas Prácticas Ambientales’ sin fijar distancias mínimas para proteger a la población y sin considerar una gran cantidad de estudios realizados por distintas universidades acerca del impacto de estos productos sobre la salud de la comunidad”.

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Año XIX, edición Nª 6885

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